Comité de crisis
El trámite legislativo del paquete de estímulo económico impulsado por el presidente Obama en el Congreso de los Estados Unidos ofrece la oportunidad de echar un vistazo a una de las formas de resolución del conflicto intercameral: el comité de conferencia (conference committee).
En legislaturas bicamerales existen básicamente dos forma de alcanzar la sanción de una ley cuando las cámaras no acuerdan en su redacción:
- la ley pasa a revisión de una cámara a otra hasta que ambas concurren en una redacción o una cámara se impone a la otra; o
- las cámaras designan una comisión intercameral «ad hoc» para forjar un acuerdo a tratar a libro cerrado.
En el Congreso argentino rige la primera forma, con la variante que la cámara iniciadora puede imponerse por mayoría especial en caso de empate. Esta regla se reproduce en varias constituciones provinciales y parece ser excepcional entre los bicameralismos del mundo, que generalmente otorgan la última palabra a la cámara baja si hay mayorías equivalentes en conflicto.
En Estados Unidos, además de pasar la ley a revisión de la otra indefinidamente, una cámara puede solicitar una «conferencia». Si la otra cámara acepta, cada una designa de su seno delegados para que se reúnan y traten los puntos de desacuerdo. Este «comité de conferencia», comúnmente referido como «la tercera cámara del Congreso», debe formular una propuesta a ser tratada a libro cerrado sucesivamente por las cámaras.
El Senado y los Representantes pueden enviar la cantidad de conferencistas que les parezca y no es necesario que las dos delegaciones sean iguales, ya que cada una resuelve por mayoría como unidades separadas. Los conferencistas son designados por los presidentes de cada cuerpo y es común que sean miembros de los respectivos comités con competencia especializada en los aspectos de la ley en conflicto. La conferencia no tiene un plazo para expedirse, pero la cámara baja puede remover a sus delegados y nombrar otros si tardan en producir un informe.
Los conferencistas tienen mandato representativo y su intervención se restringe a los desacuerdos planteados entre las dos cámaras. La estratégica presidencia de la conferencia se alterna entre las dos delegaciones. Cuando la conferencia es muy numerosa, es frecuente que se formen comités más pequeños para el estudio de aspectos puntuales (en el caso del paquete de estímulo, los conferencistas son pocos: cinco senadores y cinco representantes). Aunque las reuniones son públicas salvo resolución en contrario, el funcionamiento efectivo del cuerpo y las negociaciones entre las delegaciones suelen cubrirse con un manto de secrecidad.
El informe de la conferencia, aprobado por mayorías concurrentes de ambas delegaciones, es sometido a consideración del cuerpo que aceptó la formación de la conferencia (en el caso presente, los Representantes). Éste puede aprobarlo, rechazarlo o devolverlo a conferencia, pero no introducir modificaciones. Si la propuesta de compromiso es aceptada, la conferencia se disuelve y la propuesta se envía a la cámara que inició la conferencia (en el trámite en cuestión, el Senado), que sólo podrá aprobarla o rechazarla.
Un tratamiento más detallado de la conferencia en Estados Unidos, Alemania, Francia y otros países puede encontrarse en George Tsebelis y Jeanette Money, Bicameralism, Cambridge University Press, 1997. Es probable que en los próximos días los medios centren su atención en esta institución, y sin duda será interesante observar su funcionamiento en tiempos de crisis.
Publicado: miércoles 11 de febrero de 2009 a las 1:04 am
Mundo.
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Amigo Licenciado,
Veo que tiene el mismo optimismo que usted me criticó alguna vez. Cuando se consideró el primer paquete de estímulo de 800.000 millones (ya parece un siglo), primero fue rechazado por una de las cámaras, pero su consideración siguió adelante, y fue aprobado por la otra, para luego, sí, ser sancionado por la que la había considerado en primera instancia. Nadie se preguntó cómo era eso posible. Simplemente se daba cuenta de esos hechos.
miércoles 11 de febrero de 2009 a las 3:30 pmPoco se parece el procedimiento de EE.UU. con el nuestro. Pero eso no cuenta para nuestro gran periodismo, el que se ocupa más de tratar de descubrir supuestas acciones de censura.
Sea bienvenida a la comunidad bloggera este nuevo aporte suyo.
Doctor, gracias por su comentario. No podría ser tan optimista como Ud. aunque con extremo esfuerzo lo simulara.
En cuanto a aquel primer paquete, si mal no recuerdo era de 700 mil millones, y en efecto, al fracasar en Representantes, fue introducido de nuevo en el Senado. Fíjese qué interesante: en nuestro ordenamiento, el Congreso en tal caso no habría podido tratarlo nuevamente en las sesiones de ese año, al haber sido desechado totalmente por una cámara. De manera que un voto «no positivo» en el país del Norte no es tan gravoso.
Obviamente las reglas formales condicionan las estrategias de los legisladores, de modo que en un caso semejante, es esperable que antes de matar la ley nuestros próceres consideren otras alternativas.
miércoles 11 de febrero de 2009 a las 4:02 pmEs que el sistema, para el caso de iniciativas del P.E. es MUY diferente. Para empezar, es poco apropiado hablar de «iniciativas», ya que el Presidente no puede presentar proyectos, sino que envía una especie de carta con una idea, digamos. Desconozco si siempre la manda a las dos cámaras, o puede mandarla a la que más le guste. En este caso, por lo menos, la mandó a ambas. Por eso es que al ser rechazada la «idea» en una cámara, se pudo empezar a trabajar inmediatamente en la otra, con cambios sustanciales. No hubo un proyecto rechazado, sino que ni siquiera se pudo terminar de elaborar uno.
miércoles 11 de febrero de 2009 a las 5:00 pmEn efecto, en EEUU el presidente necesita que algún legislador patrocine su propuesta. En el caso del primer salvataje, se introdujo en Representantes vía un expediente de Rangel, que fue rechazado por el plenario. Luego se introdujo en el Senado como una modificación a uno de Kennedy y otros venido en revisión desde Representantes, ya que involucraba contribuciones, facultad exclusiva de esa cámara baja. Este último proyecto fue el que finalmente se convirtió en ley.
miércoles 11 de febrero de 2009 a las 5:16 pm